sábado, 1 de junio de 2013

Ejido la purisima, municipio de comondú, Baja California Sur, 27 de Mayo del 2013
C. LIC RAUL ASTOLFO RICO CASTRO
DELEGADO DEL REGISTRO AGRARIO NACIONAL.
EN EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR.
Presente.
                MANUEL SALVADOR ROCHA HIGUERA Y JOSE FRANCISCO JAVIER RAMIREZ GUTIERREZ, por nuestro propio derecho y en nuestro carácter de interesados y ejidatarios del ejido “LA PURISIMA”, Municipio de Comondú, Baja California Sur, señalando como domicilio para recibir notificaciones el ubicado en MANUEL PINEDA 2335, ESQUINA CON AQUILES SERDÁN, INTERIO 3, COLONIA CENTRO DE ESTA CIUDAD de La Paz Baja California Sur, comparecemos ante esta Delegación del Registro Agrario Nacional, para manifestar lo siguiente:


Que con fecha de 25 de marzo del 2012, se celebró una Asamblea General de Ejidatarios con formalidades especiales, del ejido “LA PURISIMA” al que pertenecemos; acto en el que se realizó la asignación de parcelas a diversas personas, pero violentando los derechos de los ejidatarios; razón por la cual los suscritos el día 22 de marzo de 2012, interpusimos una demanda agraria, ante el Tribunal Agrario Unitario del Distrito 48, con sede en esta misma Ciudad de La Paz.

                Por virtud de las constancias que integran el expediente número TUA-48-143/2012, tramitado ante el anteriormente mencionado Tribunal Agrario, se puede apreciar que ésta Delegación a su digno cargo, fue debidamente emplazada al juicio referido, y que conoce de las prestaciones demandadas.

                Asimismo, por medio de nuestro escrito presentado en el expediente TUA-48-143/2012, de fecha 24 de enero de 2013, se presentó escrito de ampliación de demanda, mediante el cual se expusieron las diversas irregularidades de que adolece el acta de asamblea de fecha 25 de marzo de 2012, mismas que a continuación y de manera breve, a continuación enumeramos:

1.       El acaparamiento Ilegal de tierras, ya que sin justificar porqué causa, a diversos ejidatarios y posesionarios se les asignó una superficie mayor a la que corresponde a cada ejidatario y en el caso de posesionarios, tampoco se acreditó que previamente a la asamblea que se impugna, se le haya reconocido alguna posesión de hecho.

2.       Se contravinieron con la celebración de dicha Asamblea, las formalidades contenidas en los artículos 23, 25,28 y 31 de la ley agraria, y correlativos de la ley Agraria de Materia de Certificación y Titulación de Solares, por entre otras razones, carecer de dicha acta de la lista de asistencia y firma de ejidatarios que estuvieron presentes.

3.       No obstante que se realizó el sorteo en asamblea general de ejidatarios de fecha 25 de febrero de 2007, no se respetó en la asamblea impugnada, el sorteo que confiere la ubicación parcelaria ni el número del consecutivo de parcelas ni la asignación y ubicación de las mismas.

4.       No se respetó el orden del día, al incorporarse asuntos en el acta de asamblea que no fueron señalados en la convocatoria de la asamblea ejidal, ni fueron aprobados en la asamblea por los ejidatarios, con lo que se incorporaron presuntas aprobaciones en el acta, de forma fraudulenta.

5.       El acta de asamblea y los anexos presentados, no fueron firmados ni elaborados en la fecha de su celebración; es decir que el acta no se elaboró ni firmó en el acto mismo de la asamblea ejidal por los asistentes, ni por el notario, contraviniendo lo establecido en el Artículo 31 de la ley Agraria y 8 Fracción V, además que al certificar los planos sólo  establece que corresponden al anexo técnico del acta celebrada el 25 de marzo de 2012, sin especificar si corresponden a los que fueron fijados a la vista de los presentes, ni la fecha, ni el lugar de la firma; esto anterior toda vez que los planos fueron presentados ante este Registro Agrario, no coinciden con los aprobados en la asamblea cuya nulidad se demandó.

No obstante lo anterior, con fecha anterior a la presentación  de este escrito, usted recibió para su inscripción, el acta de asamblea de fecha 25 de marzo de 2012  y  sus  anexos que supuestamente la componen, y a pesar de tener pleno conocimiento de las irregularidades que se contienen en el acta impugnada, usted determino procedente el trámite y remitió la documentación a las oficinas centrales del Registro Agrario Nacional, para efectos de que se realizara la inscripción de dicha acta de asamblea, que a todas luces es ilegal.


En  virtud de lo anteriormente manifestado, que los suscritos, con fundamento en el Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en nuestro carácter de interesados y ejidatarios del ejido “LA PURISIMA”, Municipio de Comondú, Baja California Sur, le solicitamos nos dé una explicación respecto de los razonamientos, motivos y fundamentos que le llevaron a dar trámite a la inscripción solicitada, respecto del acta de fecha 25 de marzo del 2012.

Una vez expuesto lo anterior, atentamente.

SOLICITAMOS:


ÚNICO.- Se nos conteste por escrito, en tiempo y forma, respecto los razonamientos, motivos y fundamentos que llevaron a usted, C. Delegado del Registro Agrario Nacional en Baja California Sur, a determinar procedente el trámite de inscripción de la asamblea de fecha 25 de marzo de 2012, celebrada en el Ejido “La purisima”, municipio de Comondú, Baja California Sur, y en base en que razonamientos se abstuvo de revisar en cuanto a lo Jurídico y de Fondo, dicha acta, de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento Interno del Registro Agrario Nacional, y Ley Agraria.










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